Acuerdo 08-34-2012

Acta 34-12
Lunes, Noviembre 19, 2012

Modifíquese el contenido de los incisos a) y b) del artículo 8 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes Nº 35355-MEP , para que se  lean de la siguiente manera:

Artículo 8º—De la Integración del Comité de Evaluación de los Aprendizajes en las Instituciones de I y II Ciclos.
(…)
La conformación de este comité se hará de acuerdo con el tipo de dirección que corresponda al Centro Educativo, de la siguiente forma:

  • En las instituciones con Direcciones 4 y 5, el Comité de Evaluación de los Aprendizajes estará integrado por cuatro educadores de forma que haya en él, representación de los docentes que imparten asignaturas complementarias y de los que imparten asignaturas académicas.
  • En las instituciones con Direcciones 2 y 3, el Comité de Evaluación de los Aprendizajes estará integrado por tres educadores, con representación de los docentes que imparten asignaturas complementarias y de los que imparten asignaturas académicas.

 

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