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Lineamientos para la inscripción en el Registro Nacional de títulos del III Ciclo y Ciclo Diversificado, otorgados a estudiantes de la oferta de Educación Especial

Marco Curricular para la Educación de la Niñez desde el nacimiento hasta los seis años, Primer Infancia

Marco Nacional De Cualificaciones Educación y Formación Técnica Profesional

  • Acuerdo 06-37-2016

    37-2016
    Lunes, Julio 18, 2016

    Acuerdo 06-37-2016

    Aprobar el  Marco Nacional de Cualificaciones para la Educación y Formación Técnica Profesional en Costa Rica, realizado por el equipo de trabajo integrado por representantes del Ministerio de Educación Pública (MEP) (Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras), el Consejo Superior de Educación, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) (Dirección General de Planificación y Departamento de Salarios Mínimos), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y el Consejo Nacional Rectores (CONARE). El que incluye, las observaciones formuladas por el Consejo Superior de Educación mediante acuerdo No. 03-21-2016

    Instruir a la Secretaría General del Consejo Superior de Educación, la elaboración de una propuesta de reforma al Reglamento a la ley que regula las instituciones de enseñanza superior parauniveristaria, Decreto Ejecutivo N° 38 639-MEP, en razón de la aprobación por parte del Consejo Superior de Educación del  Marco Nacional de Cualificaciones para la Educación y Formación Técnica Profesional en Costa Rica.

    Notificar el presente acuerdo del Consejo Superior de Educación al Consejo Nacional de Rectores, al INA, al Consejo Presidencial de Innovación y Talento Humano y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 

Modelo Dual: Institucionalización de una alternativa para el fortalecimiento del sistema educativo y la inserción laboral de los jóvenes en Costa Rica

  • Acuerdo 06-67-2016

    Acta 67-2016
    Lunes, Diciembre 5, 2016

    Acuerdo 06-67-2016

    Se aprueba el plan piloto  “Modelo Dual: Institucionalización de una alternativa para el fortalecimiento del sistema educativo y la inserción laboral de los jóvenes en Costa Rica”, a partir del curso lectivo 2017.

    Este pilotaje será evaluado al final del ciclo lectivo del año 2019 por la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, proceso que una vez concluido a más tardar tres meses,  será comunicado para la valoración de sus resultados al Consejo Superior de Educación.

Modelo pedagógico en los centros de Educación Especial

  • Acuerdo 04-24-2014

    Acta 24-2014
    Martes, Abril 29, 2014
    • Se da por recibido el informe presentado por la Dirección de Desarrollo Curricular y se acoge del mismo la estructura del Modelo y plan de trabajo para la modificación y corrección del Modelo Pedagógico de Centros de Educación Especial, de manera que sea presentado al Plenario del Consejo en el tiempo indicado en el Plan.
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Modificación al Programa Aula Edad

Modificación al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes (evaluación del Programa de Afectividad y Sexualidad)

  • Acuerdo 09-02-2013

    Acta 02-2013
    Lunes, Enero 21, 2013

    Adicionar al artículo 30 del Decreto Ejecutivo 35355-MEP y sus reformas “Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes”, como nuevo inciso (i) lo siguiente:

    • Trabajo cotidiano: En aplicación del Artículo 23 del presente reglamento, el docente elaborará los instrumentos para la evaluación del trabajo cotidiano de los estudiantes durante los procesos de Afectividad y Sexualidad. Los resultados de esta evaluación serán sumados a los obtenidos por los estudiantes en las demás lecciones de Ciencias.
    • Para los Estudiantes que no reciban la lección de Afectividad y Sexualidad se les evaluará sin esta unidad temática. Conformando su calificación a partir de las otras unidades temáticas del programa de estudio de Ciencias.-
    • Trabajo extra clase: Sin alterar lo establecido en el artículo 24 del presente reglamento, en la asignatura de Ciencias se deberá asignar al menos uno  de los Trabajos Extra Clase como parte de los procesos educativos de Afectividad y Sexualidad.-
    • Los estudiantes que no reciben la lección de Afectividad y Sexualidad se les asignarán los trabajos Extra Clase con base en las otras unidades temáticas del Programa de Ciencias.-
    • Asistencia: La asistencia a las lecciones de Afectividad y Sexualidad forma parte de la asignatura de Ciencias. Para aquellos estudiantes que no reciban la lección de Afectividad y Sexualidad, se calculará la asistencia únicamente con base en las otras  lecciones de Ciencias.-
    • Concepto: La evaluación de este rubro mantendrá lo establecido en el artículo 27 del presente reglamento, entendiendo que la lección de Afectividad y Sexualidad forma parte el Programa de Ciencias.-
    • En el caso de los estudiantes que no reciban la lección de Afectividad y Sexualidad, la calificación sobre el concepto se definirá con base en las demás lecciones de ciencias.
    Documentos relacionados: 

Modificación Curricular a los Liceos Rurales

Modificación de la Malla Curricular del Conservatorio de Castella

  • Acuerdo 09-48-10

    Acta 48-2010
    Lunes, Noviembre 8, 2010
    • Acoger y aprobar en todos sus extremos la siguiente propuesta Curricular al Plan de Estudio del Conservatorio de Castella, como sigue:
    Documentos relacionados: 

Modificación del artículo 30 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes (evaluación en los Liceos Bilingües públicos y Liceos Experimentales Bilingües

  • Acuerdo 09-25-2013

    Acta 25-2013
    Jueves, Junio 27, 2013
    • Modificar la redacción del inciso m), del Artículo Nº 30 del actual Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, Decreto Nº 35355-MEP, incluyendo la asignatura de Literatura en Lengua Inglesa de los Liceos Bilingües Públicos y Liceos Experimentales Bilingües.  Para que se lea así:
    Documentos relacionados: 

Modificación del artículo 8 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes (Comité de Evaluación)

  • Acuerdo 08-34-2012

    Acta 34-12
    Lunes, Noviembre 19, 2012

    Modifíquese el contenido de los incisos a) y b) del artículo 8 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes Nº 35355-MEP , para que se  lean de la siguiente manera:

    Artículo 8º—De la Integración del Comité de Evaluación de los Aprendizajes en las Instituciones de I y II Ciclos.
    (…)
    La conformación de este comité se hará de acuerdo con el tipo de dirección que corresponda al Centro Educativo, de la siguiente forma:

    • En las instituciones con Direcciones 4 y 5, el Comité de Evaluación de los Aprendizajes estará integrado por cuatro educadores de forma que haya en él, representación de los docentes que imparten asignaturas complementarias y de los que imparten asignaturas académicas.
    • En las instituciones con Direcciones 2 y 3, el Comité de Evaluación de los Aprendizajes estará integrado por tres educadores, con representación de los docentes que imparten asignaturas complementarias y de los que imparten asignaturas académicas.

     

    Documentos relacionados: 

Modificación del Bloque Artístico Aplicado para Tercer Ciclo en el Conservatorio de Castella

  • Acta 53-2010

    Acuerdo 07-53-10
    Lunes, Diciembre 13, 2010
    • Modificar la redacción del primer párrafo del subtitulo Bloque Artístico Aplicado para Tercer Ciclo, consignado en la página 26, acuerdo No. 09-48-10 del acta No. 48-10 para que en adelante se lea correctamente de la siguiente  manera:
    • El bloque artístico se imparte durante las lecciones de la tarde, con 4 lecciones diarias y un máximo de 20 lecciones semanales, que se desarrollarán en atención directa de estudiantes de acuerdo a su especialidad. Además incluye el equivalente a 10 lecciones que se aplicarán en acciones de extensión artística, eventos y actividades propias del centro educativo, para un total de 30 lecciones.  Durante estas lecciones, los grupos del bloque académico se desagregan por especialidad y nivel de avance.
    Documentos relacionados: 

Módulos Horarios

Normas de Promoción y Repitencia

Nuevo modelo curricular para el Liceo de Costa Rica

  • Acta 34-2012

    Acuerdo 10-34-2012
    • Ratificar la aprobación de los objetivos esenciales del modelo curricular enriquecido dispuesto para el Liceo de Costa Rica desde el año 2001 para el III Ciclo de la Educación General Básica y para la Educación Diversificada, con las modificaciones que se señalan expresamente en el presente acuerdo.
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Permanencia del Listado de Lecturas Obligatorias

Plan de Estudio Centro Nacional de Educación Helen Keller

Plan de estudios de I y II Ciclos de la Educación General Básica

  • Acuerdo 34-1997. Plan de estudios de I y II Ciclos

    El plan de estudios de I y II Ciclos de la Educación General Básica fue aprobado por el Consejo Superior de Educación en la sesión Nº 34-97 del 8 de mayo de 1997.

Plan de Estudios para la Educación de Jóvenes y Adultos

Plan de Estudios para la Educación de Jóvenes y Adultos (IPEC-CINDEA)

  • Acuerdo 12-30-2013

    Acta 30-2013
    Lunes, Julio 22, 2013
    • Eliminar en el Plan de estudios de los CINDEA, aprobado según acuerdo No. 33-93, en el punto 1.2. Estrategia General de Transición, el siguiente párrafo: 
      “El Ministerio de Educación Pública, de conformidad con las posibilidades y condiciones de la Escuelas Nocturnas, los Colegios Nocturnos y los Institutos Profesionales de Educación Comunitaria (IPEC), promoverá un Plan gradual de establecimiento de los Centros Integrados de Educación de Adultos (CINDEA), mediante los cuales ofrecerá todas las opciones del presente Plan de Estudios”.
  • Acuerdo 13-30-2013

    Comunicar a la Administración:

    Permitir a los Centros de Educación Comunitaria (IPEC) impartir la oferta convencional descrita en el Plan de Estudios aprobado para los CINDEA según acuerdo 33-93, con el sistema modular, de acuerdo a las necesidades educativas propias del centro educativo, en sus tres niveles:

    • Primer nivel
      • Académica 9 módulos, 62 créditos
      • Socio-productiva, 6 módulos, 18 créditos
      • Desarrollo Persona, l8 módulos, 22 créditos
      • 27 créditos opcionales
    • Segundo nivel
      • Académica: 8 módulos, 52 créditos.
      • Socio-productiva, 8 módulos, 36 créditos.
      • Desarrollo Persona: l7módulos, 20 créditos.
      • 10 créditos opcionales.
    • Tercer nivel
      • Académica: 7 módulos, 41 créditos.
      • Socio-productiva: 8 módulos, 45 créditos.
      • Desarrollo Personal: 1 módulo, 3 créditos
      • 20 créditos opcionales